martes, 3 de enero de 2017

Discurso de Katia D'Artigues sobre Progresividad Constitucional

Actualmente, en la Asamblea Constituyente estamos discutiendo articulo por artículo en el pleno. Este es el paso final para la elaboración del texto de la primera Constitución de la Ciudad de México. 

Hasta el momento se han aprovado 8 artículos de la Constitución, uno de los más importantes es el relacionado con la progresividad de los derechos.  


La presentación de este artículo fue realizada por la Constituyente Katia D'Artigues, les comparto aquí su discurso, que a mi parecer refleja a la perfección la importancia de este elemento en la #ConstituciónCDMX. 


Artículo 75*
De la Progresividad Constitucional
Katia D’Artigues


A lo largo de la historia, las luchas sociales se han caracterizado por exigir beneficios para la población. Quienes han tenido éxito y han logrado ampliar sus derechos y libertades buscan la certeza de que podrán conservarlos, así como la esperanza de que quizás en el futuro podrán celebrar una nueva victoria.

Si en el Articulo 3 queda claro que la máxima aspiración, el principio rector que honra esta Constitución es la dignidad humana, que además, tenemos como principio, entre otros, el respeto a los derechos humanos, es importante precisar aquí, en el Artículo 75 otro recordatorio: que en esta Ciudad, su Constitución y las leyes que de ella emanen se podrán reformar, sí… pero sólo para y cito: “ampliar, proteger y garantizar los derechos de las personas, y nunca en su menoscabo”, fin de la cita.

Es el principio de progresividad. La enunciación de que no daremos #NiUnPasoAtrás.

Así, buscamos que esta Ciudad, que se ha vuelto una isla de libertades en el contexto de un país que aún debe dar pasos para alcanzarla, el hombre que ayer se casó con otro hombre; o la mujer ( como mi compañera Lol Kin Castañeda) que se casó con su novia hace ya casi 7 años tendrá la certeza de que su matrimonio, su familia, no será anulada frente al capricho de un nuevo grupo que pudiera llegar al poder.  

Que seguiremos teniendo el derecho a la autodeterminación personal y todo lo que esta entraña… 
Derecho a la identidad, a la seguridad jurídica, a decidir de manera libre, voluntaria e informada tener hijos o no tenerlos…

Derecho a la justicia y libertad de expresión, a una cláusula de conciencia, importante tema para periodistas; a la capacidad jurídica, es decir, a decidir nuestras vidas siendo una persona con discapacidad o un adulto mayor, pero con la protección de salvaguardias y apoyos.

A creer en un Dios. O no. Y ser respetado en ambos casos. A actuar conforme a nuestras convicciones éticas.

Derechos que no podría terminar de enumerar aquí porque, aunque no son pocos los que constituyen la propuesta que discutiremos en Carta de Derechos, no son todos los que ya tenemos. Desde la aprobación de la gran Reforma en Derechos Humanos del 2011 están ahí: un verdadero universo creciente arropado tras unas cuantas líneas de nuestra Constitución federal.

No importa qué argumento se utilice, este principio prohíbe la supresión o reducción de los derechos de los habitantes de la ciudad que reconozca esta Constitución. No solamente vela por la preservación de los derechos ya obtenidos, también enuncia que permite, de manera permanente, su constante ampliación.

La progresividad es una condición sine qua non de los derechos humanos, y éstos a su vez son principios rectores de la Carta Magna que discutiremos estos días. Por eso la importancia de este Artículo 75.

Es una vacuna contra tiempos difíciles que podrían ceñirse sobre el mundo y sobre esta Ciudad. Momentos que deseamos que no lleguen nunca… pero que quedarán en este artículo, si así es votado, como candado. También como recordatorio permanente.
*Texto aprobado 
Artículo 75 
Progresividad constitucional 
En materia de derechos y libertades reconocidas en la Ciudad de México, esta Constitución y las leyes que de ella emanan, podrán reformarse para ampliar, proteger y garantizar los derechos de las personas, nunca en su menoscabo. 






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